La Corte Suprema de EEUU revoca el derecho constitucional al aborto
La medida hace retroceder a Estados Unidos a la situación vigente antes de la sentencia Roe vs Wade de 1973, cuando cada estado era libre de autorizar el aborto o no
La Corte Suprema de Estados Unidos revocó hoy la sentencia Roe vs Wade, que garantizó el derecho de las mujeres estadounidenses al aborto durante casi medio siglo, pero que nunca había sido aceptada por los sectores más conservadores y religiosos.
Esta decisión no convierte en ilegales las interrupciones del embarazo, aunque hace retroceder la legislación a la situación previa a la sentencia Roe vs Wade de 1973, cuando cada estado era libre de autorizarlas o no. Ahora, las personas que quieran abortar no tendrán esa protección constitucional.
"La salud y la vida de las mujeres de este país están ahora en peligro, es un día triste", afirmó el presidente de Estados Unidos, Joe Biden, tras el fallo.
Hasta el momento, 26 de los 50 estados ya aprobaron o aprobarán leyes que prohíben el aborto, mientras que otros han promulgado medidas estrictas que regulan el procedimiento. "La Constitución no hace ninguna referencia al aborto y ninguno de sus artículos protege implícitamente este derecho", escribió el juez Samuel Alito, en nombre de la mayoría, en la Corte.
"Es hora de devolver el tema del aborto a los representantes elegidos por el pueblo", escribió Alito, en un mensaje muy parecido al que se filtró en mayo pasado en los medios, provocando importantes manifestaciones en todo el país. Desde entonces, la situación era tensa en las inmediaciones del alto tribunal, que fue acordonado por las fuerzas de seguridad para mantener a distancia a los manifestantes.

Los jueces Stephen Breyer, Sonia Sotomayor y Elena Kagan criticaron duramente a la mayoría y lamentaron la decisión en una opinión disidente conjunta. "Con tristeza, por esta Corte, pero más por los muchos millones de mujeres estadounidenses que hoy han perdido una protección constitucional fundamental: disentimos", sostuvieron.
La sentencia
La sentencia es el saldo de un esfuerzo realizado durante décadas por los críticos del aborto, que buscan devolver más poder a los estados norteamericanos. Se pudo materializar debido a la sólida mayoría conservadora que quedó en la Corte Suprema tras el paso de Donald Trump por la Casa Blanca.
Con este veredicto, es probable que la mitad de los estados prohíban los abortos en un plazo más o menos corto. Especialmente, en el sur y el centro, que son más conservadores y religiosos.
"Sabemos que pueden estar sintiendo muchas cosas en este momento: dolor, ira, confusión. Lo que sea que sientan está bien. Estamos aquí con ustedes y nunca dejaremos de luchar por ustedes", tuiteó Planned Parenthood, la principal organización de planificación familiar de Estados Unidos.
El fallo FAL: el caso argentino
Antes de que se sancione la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo el 30 de diciembre de 2020, en Argentina la situación legal de los abortos funcionaba de una forma parecida a la de EEUU: además de basarse en el Código Penal de 1921, había un fallo de la Corte Suprema que regía cuáles eran considerados no punibles en todo el país.
En 2010, una adolescente de 15 años de Comodoro Rivadavia fue violada por su padrastro y su madre recurrió a la Justicia para que su hija pudiera realizarse el aborto en un hospital público.
Su reclamo fue rechazado en primera y segunda instancia por la Justicia de Chubut y cuando la menor cursaba la semana 20 de embarazo intervino el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) provincial, que encuadró el caso como uno de los supuestos de aborto no punible del artículo 86 del Código Penal de la Nación (1921) y permitió la realización del aborto.
Hasta el momento, el aborto en Argentina estaba penalizado desde 1921, cuando se sancionó el Código Penal. Sin embargo, el artículo 86 del Código habla de excepciones, es decir, abortos no punibles en dos supuestos: si existe un peligro para la vida o la salud de la madre o “si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”.
Muchos tribunales sostenían que, en los casos de violación, solo podían permitirse legalmente los abortos de mujeres con alguna discapacidad mental. Otros interpretaban que podía ser en caso de violación sin necesidad de que tenga problemas mentales, es decir, que esas dos situaciones sean consideradas de forma diferenciada.
En marzo de 2012, a raíz del caso de la adolescente de Comodoro Rivadavia, la Corte terminó con esta incertidumbre a través del fallo “F.A.L", al determinar que cualquier aborto de un embarazo producto de una violación es no punible, sin importar la salud mental, tanto para la mujer como para el profesional de la salud que asista la interrupción del embarazo.
Un fallo de la Corte Suprema sienta precedente para nuevos casos similares en el futuro, para evitar que suceda de nuevo la discusión y que los tiempos de la Justicia no demoren situaciones urgentes como la de qué hacer con el embarazo de la mujer o niña que pide abortar. Lo mismo había sucedido en 1973 en Estados Unidos, con el fallo Roe vs Wade.