Roe vs Wade: el caso que garantizaba el derecho al aborto en Estados Unidos
La Corte Suprema norteamericana anuló un fallo histórico que sentó las bases para que la interrupción voluntaria del embarazo se garantice a nivel federal. En este momento, las mujeres que quieran abortar en Estados Unidos no tendrán una protección constitucional
La Corte Suprema de Estados Unidos revocó la sentencia Roe vs Wade, que garantizó el derecho de las mujeres estadounidenses al aborto durante casi medio siglo, pero que nunca había sido aceptada por los sectores más conservadores y religiosos.
Roe vs. Wade es el nombre de la demanda que llevó al histórico fallo de 1973, cuando la Corte Suprema norteamericana estableció el derecho constitucional al aborto en Estados Unidos. La decisión mayoritaria marcó un derecho absoluto al aborto durante el primer trimestre de embarazo.
La decisión de revocar el fallo no convierte en ilegales las interrupciones del embarazo, aunque hace retroceder la legislación a la situación previa a la sentencia, cuando cada estado era libre de autorizarlas o no. Ahora, las mujeres que quieran abortar no tendrán una protección constitucional.

¿Quiénes fueron Roe y Wade?
Jane Roe era el pseudónimo de Norma McCorvey, quien tenía 22 años, era soltera y desempleada y estaba en su tercer embarazo cuando intentó abortar en Texas en 1969. Al momento que la Corte Suprema de EEEUU falló a su favor, ya había dado luz a una niña que puso en adopción.
Henry Wade era el fiscal de distrito del condado de Dallas y fue la persona a la que demandó McCorvey cuando intentó abortar, ya que a él le correspondía aplicar la ley estatal que prohibía el aborto "excepto para salvar la vida de una mujer".
Luego de haber escuchado a todas las partes, la Corte Suprema esperó a las elecciones presidenciales de noviembre de 1972 y a la reelección del republicano Richard Nixon para emitir su decisión, tomada por siete votos contra dos.
En la época de Roe, el aborto era extensamente legal en apenas cuatro estados y permitido bajo circunstancias limitadas en otros 16. Al ser considerado un derecho constitucional, la decisión anuló la prohibición en 30 estados y permitió que impusieran ciertas regulaciones durante el segundo trimestre para proteger la salud de la mujer.
¿Qué decidió la Corte en 1973?
La demandante denunció que la ley de Texas era inconstitucionalmente ambigua y violaba su derecho protegido por la Constitución a la privacidad personal. Finalmente, el alto tribunal terminó por anular las leyes de Texas sobre el aborto, reconociendo "la naturaleza sensible y emocional del debate y los puntos de vista rigurosamente opuestos".
”En un cierto momento, los intereses del Estado y la protección de la salud, de los criterios médicos y de la vida prenatal se vuelven dominantes”, señalaba el juez Harry Blackmun, que escribió el texto del tribunal.
La decisión estipula que “el derecho al respeto de la vida privada, presente en la 14ª enmienda de la Constitución, es suficientemente amplio para aplicarse a la decisión de una mujer de poner fin o no a su embarazo”.
De esta manera, la alta jurisdicción dio así razón a Jane Roe, quien años más tarde, curiosamente, se convirtió en una férrea militante antiaborto.
El fallo FAL: el caso argentino
Antes de que se sancione la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, la situación legal de los abortos en Argentina funcionaba de una forma parecida a la de EEUU: además de basarse en el Código Penal de 1921, había un fallo de la Corte Suprema que regía cuáles eran considerados no punibles en todo el país.

En 2010, una adolescente de 15 años de Comodoro Rivadavia fue violada por su padrastro y su madre recurrió a la Justicia para que su hija pudiera realizarse el aborto en un hospital público.
Su reclamo fue rechazado en primera y segunda instancia por la Justicia de Chubut y, cuando la menor cursaba la semana 20 de embarazo, intervino el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) provincial, que encuadró el caso como uno de los supuestos de aborto no punible del artículo 86 del Código Penal de la Nación (1921) y permitió la realización del aborto.
El aborto en Argentina estaba penalizado desde 1921, cuando se sancionó el Código Penal. Sin embargo, el artículo 86 del Código habla de excepciones, es decir, abortos no punibles en dos supuestos: si existe un peligro para la vida de la madre o su salud y “si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”.
En marzo de 2012, la Corte terminó con esta incertidumbre a través del fallo “F.A.L", al determinar que cualquier aborto de un embarazo producto de una violación es no punible, sin importar la salud mental, tanto para la mujer como para el profesional de la salud que asista la interrupción del embarazo.