El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informa que la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa actualizó los topes de facturación que establecen los parámetros por los que las empresas se encuadran dentro de la categoría Mipyme.

 

En efecto, a través de la Resolución 23/2022, publicada el viernes 1 de abril en el Boletín Oficial, se establecieron los nuevos límites de ventas anuales, como también la cantidad de empleados y el máximo del activo expresado en pesos que debe ser considerado para estar categorizadas como Mipyme.

 

Dichos parámetros aplican a efectos de la obtención y/o renovación del “Certificado Mipyme” que se constituye como una herramienta de acceso a determinados beneficios fiscales y financieros concedidos a este importante sector de nuestra economía.

 

Beneficios de contar con el Certificado Mipyme

 

Tener el Certificado Mipyme activo les permite a las empresas acceder a:

 

- reducciones fiscales;

- líneas de financiamiento con tasa subsidiadas;

- beneficios para contrataciones de nuevos trabajadores;

- asistencia técnica;

- y la inclusión en múltiples programas que lleva adelante el Ministerio de Desarrollo Productivo y demás organismos del Estado.

 

Tope de ventas anuales

 

De acuerdo a la flamante norma, para que una empresa sea considerada micro, el límite de facturación es de $38.830.000 para la construcción; $20.190.000 para servicios; $113.610.000 para comercio; $82.730.000 para industria y minería y $47.300.000 para agropecuario.

 

En el caso de las pequeñas empresas, los máximos son $230.400.000 para la construcción; $121.730.000 para servicios; $809.300.000 para comercio; $618.760.000 para industria y minería; y $174.230.000 para agropecuario.

 

En tanto, las medianas empresas del tramo 1 no podrán superar los $1.285.490.000 para la construcción; $1.007.530.000 para los servicios; $3.846.790.000 para el comercio; $4.399.660.000 para industria y minería, y $1.025.360.000 para agropecuario.

 

Por su parte, las medianas empresas del tramo 2 tendrán como tope $1.928.020.000 para la construcción; $1.438.900.000 para los servicios; $5.495.450.000 para el comercio; $7.046.710.000 para industria y minería; $1.626.290.000 para agropecuario.

 

CATEGORÍA

SECTOR DE LA ACTIVIDAD

CONSTRUCCION

SERVICIOS

COMERCIO

INDUSTRIA Y MINERIA

AGROPECUARIO

Micro

38.830.000

20.190.000

113.610.000

82.730.000

47.300.000

Pequeña

230.400.000

121.730.000

809.300.000

618.160.000

174.230.000

Mediana Tramo I

1.285.490.000

1.007.530.000

3.846.790.000

4.399.660.000

1.025.360.000

Mediana Tramo II

1.928.020.000

1.438.900.000

5.495.450.000

7.046.710.000

1.626.290.000

 

Cantidad de empleados y límite de activos

 

En cuanto a los límites para el personal ocupado, para las empresas de la construcción son 12 para las micro; 45 para las pequeñas; 200 para las medianas tramo 1 y 590 las del tramo 2.

 

En los servicios, 7 para las micro; 30 para las pequeñas; 165 para las medianas tramo 1 y 535 las del tramo 2.

 

En comercio, 7 para las micro; 35 para las pequeñas; 125 para las medianas tramo 1 y 345 las del tramo 2.

CATEGORÍA

SECTOR DE LA ACTIVIDAD

CONSTRUCCION

SERVICIOS

COMERCIO

INDUSTRIA Y MINERIA

AGROPECUARIO

Micro

12

7

7

15

5

Pequeña

45

30

35

60

10

Mediana Tramo I

200

165

125

235

50

Mediana Tramo II

590

535

345

655

215

 

En el caso de la industria y la minería, son 15 para las micro; 60 para las pequeñas; 235 para las medianas tramo 1; y 655 las del tramo 2.

 

En el sector agropecuario, son 5 para las micro; 10 para las pequeñas; 50 para las medianas tramo 1 y 215 las del tramo 2.

Por último, en lo que se refiere al límite de activos -para todos los sectores y categorías- se fijó en $193 millones.

 

Renovación de Certificado Mipyme

 

La renovación del Certificado Mipyme se realiza en forma automática en la medida que las empresas tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y cargas sociales de los últimos 3 ejercicios.

 

Si el certificado vence y la empresa no se recategoriza a tiempo pierde los beneficios otorgados en virtud de dicha condición.