Oportunamente, en “La Economía...” – Parte I (BAE Negocios, 13/11/2022), se sostenía que nuestro país había llegado a una profundidad tal en sus problemas, que no acepta más “soluciones” parciales o dirigidas exclusivamente a salvar algunas situaciones particularmente críticas, que irremediablemente agravan los problemas e incrementan la frustración popular.

Con esto en mente, y dadas las múltiples y diversas especificidades del Pueblo Argentino, se aseguraba que la correcta alternativa conceptual que sirve de basamento a la disciplina económica para emerger de la presente decadencia, está “englobada” bajo la categoría de: “Nacionalismo de Inclusión” (1).

Así, encuadrado en una “adecuada doctrina”, emergen las tres políticas que tipifican al Plan Económico:

  • la de Ingresos, que consolida una distribución que “realza” la Justicia Social,
  • la Fiscal, que garantiza el Superávit Primario, y
  • la Monetaria, que se “libra” de financiar al Sector Público, para volcar los recursos al Sector Real de la Economía.

Las características de cada una de ellas, para consolidar un Capitalismo Moderno, sin “rémoras feudales”, fueron palmariamente explicitadas en “Hay Equipo... y hay Plan”, Parte I (BAE Negocios 28/03/2022), Parte II (BAE Negocios, 04/04/2022) y Parte III (BAE Negocios, 11/04/22), resultando indispensable para su implementación el esfuerzo mancomunado de toda la dirigencia empresarial, sindical, religiosa, política y social, bajo la premisa:

“A mayores talentoS (2) ... mayor responsabilidad”

Asimismo, en “Sobre los Ciclos Políticos y Económicos” (BAE Negocios, 15/11/2021), se aseveraba que un cambio de “administración”, no necesariamente determina una modificación en la orientación económica, resultando el ejemplo más reciente al respecto la permanencia, desde el 2014 hasta el presente, de los postulados de la “Escuela Austríaca” como los ordenadores en la toma de decisiones, tanto en su variante Neoliberal como en la Socialdemócrata (3).

Entonces, con el objetivo de revertir la pasmosa decadencia en que ha entrado el país, explicada por este cúmulo de malas ideas, pésimamente implementadas, es que toma particular relevancia la concientización de la enseñanza de Su Santidad Francisco, que proclama:

“El Todo es Superior a la Suma de las Partes”

Es en esta dirección que las Rentas Extraordinarias, entendidas como: “aquellos beneficios redundantes que se generan en el mercado, independientemente del trabajo humano y que se obtienen a partir de ejercer la exclusividad de explotación de algún recurso natural”; cumplen, entre otros aspectos, un papel determinante en la posibilidad de...

Honrar los compromisos externos

Tal como fuera propuesto en, “La Zona Núcleo de la Pampa Húmeda...” -Parte I  (BAE Negocios 13/02/2022), donde se indicaba que “el origen de los fondos” necesarios para pagar los servicios de la deuda sería pasible de obtenerse allí, se derivaba que:

  • de los Costos Totales (CT) para producir (en el sector agropecuario) en dicha región, un tercio (1/3), o más, es destinado al pago del arrendamiento o a un pretendido “costo de oportunidad”, en el caso de implantar sobre tierra propia.

Así, una “Ley de Arrendamientos Compensada”, disminuiría sustantivamente dichos valores, permitiendo un incremento de los Derechos de Exportación (4), sin afectar la rentabilidad de los Productores (5).

Parte de esa “Renta Extraordinaria”, originada en el alquiler de las hectáreas, se consagraría al cumplimiento de las obligaciones externas, sin que se someta, la política económica, a las condicionalidades extremas, y técnicamente inconducentes, que el actual acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) explicita,

  • a su vez, por su “esfuerzo patriótico”, se entregaría un Bono del Tesoro Nacional a los Terratenientes, de forma tal que se mantengan en una misma “curva de indiferencia” entre el antes y el después de la entrada en vigencia de la Ley de marras,

Los “fondos” así recolectados, con asignación específica (fideicomiso mediante), generados a partir del “propio flujo” de la economía, sentarán las bases de un esquema que ante todo “no soslaye”, la equidad y la justicia distributiva, como vectores ordenadores en su diseño e implementación.

Es por ello que resulta necesario abundar en derredor de...

 

La “Ley de Arrendamientos Compensada” y los Derechos de Exportación

 

Siendo, para ello, clarificador que se realicen dos preguntas: el “¿por qué?” y el “¿para qué?”.

La primera, se responde a partir del “imperativo moral” de la Justicia Social que, en la búsqueda de su concreción, condiciona sustantivamente los equilibrios macroeconómicos.

La segunda, por la ineludible necesidad de iniciar un virtuoso proceso de “acumulación de capital”.

En este sentido, las “Retenciones”(transitorias hasta la equiparación de las productividades intersectoriales) facilitan los “fondos” que tendrán, como único objetivo en su aplicación, el pago de los compromisos externos.

La gestión de los mismos se realizará a través de un fideicomiso de administración, con una amplia e intensa participación de las organizaciones representativas del Sector Privado para su correcta ejecución.

Asimismo, el Bono Compensador, a mediano y largo plazo, en moneda dura, con una Tasa de Rendimiento Internacional y realizable en el mercado de capitales, dinamizará al Sistema Financiero Ampliado, y se transformará (ajustado a los marcos impositivos vigentes) en una herramienta adecuada para la constitución de liquidez de sus tenedores.

Más aún, los Derechos de Exportación(“Retenciones”), como está técnicamente demostrado, desalinean los precios domésticos de los alimentos de los internacionales, incrementando sustancialmente el poder adquisitivo de los Ingresos Populares, como ya fue señalado en “Retenciones, sobre Mitos e Hitos”, Parte I (BAE Negocios, 22/05/2022) y Parte II (BAE Negocios, 29/05/2022), permitiendo distribuir en el conjunto de la Economía Argentina, la eficiencia y eficacia sistémica las Rentas Extraordinarias ut supra descriptas.

Adicionalmente permiten, a distintos cultivos, la utilización eficiente en los campos arrendados.

Naturalmente, para su óptima implementación, es preciso un Magno Acuerdo Social (MAS) (7) donde se alcancen los debidos consensos entre las fuerzas de la producción y el trabajo, facilitando la concreción del apotegma:

“un Gobierno Esclavo de un Pueblo Libre”,

 que sentará las bases de un Modelo de Desarrollo Económico Permanente y Sustentable (MoDEPyS), con orientación a la producción.

 

Lic. Guillermo Moreno

Lic. Pablo Challú

Lic. Walter Romero

Agradecemos la colaboración de Marcos von Ifflinger 

 

(1) El Nacionalismo de Inclusión “consolida y completa” su identidad como Pueblo y Nación incorporando y abrazando al “distinto”, a diferencia del de Exclusión, que lo hace a partir de confrontarlo y segregarlo.

(2) Según la Real Academia Española (RAE), el “talento” puede referir a la inteligencia, la aptitud o moneda de cuenta, utilizada en la antigüedad, por Griegos y Romanos.

(3) Es dable resaltar, que los dos primeros años de la Gestión “Cambiemos”, estuvieron imbuidos por un sesgo de política económica elitista, financiado con endeudamiento externo.

(4) Resultando la suma recaudada (variable de acuerdo a los precios internacionales), al presente, en más de U$S 7500 millones

(5) A su vez, la disminución del precio del gasoil complementará la baja de los Costos Totales beneficiando la rentabilidad del productor.

(6) Concepto desarrollado en “Hay Equipo... y hay Plan”, Parte I (BAE Negocios, 27/03/2022), donde se sostuvo que: “es Magno por su importancia y trascendencia, es Acuerdo porque siempre “la armonía es superior al conflicto” y es Social porque “lo mejor que tenemos es el Pueblo”.

En su convocatoria, debieran alcanzarse consensos en torno a: la búsqueda de los “mercados de referencia” plausibles con “nuestro buen vivir”, la determinación de las “tecnologías convenientes” a utilizar, procurando el mejor “estado del arte”, y la nueva “distribución del ingreso”, que impida el incremento de la “plusvalía relativa”, perjudicial para la gobernanza del todo social.”

 

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Guillermo Moreno

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